COP XV sobre Cambio Climático

A partir del 7 de Diciembre, Copenhague (Dinamarca) será sede de la XV Conferencia de las Partes sobre Cambio Climático.

Representantes de Estado, organizaciones ambientales y destacados científicos de todo el mundo debatirán sobre la aplicación de mecanismos preventivos para hacer frente al Calentamiento Global.

El Grupo Intergubernamental para el Cambio Climático de las Naciones Unidas (IPCC) solicitará el compromiso colectivo por parte de los países desarrollados. Por un lado, sugiere la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero del 25 al 40%, por debajo de sus niveles del año 90. Y en segunda instancia, no por eso menor, plantea el aporte de fondos para países en desarrollo mediante la transferencia de tecnologías que permitan su adaptación al cambio climático.

En esta nueva oportunidad, es preciso resaltar los objetivos y principios propuestos por la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (documento completo en .pdf), en 1992, donde se advierte que "los cambios del clima de la Tierra y sus efectos adversos son una preocupación común de toda la humanidad".


Informes

Implementación de Copenhague: las empresas y los Gobiernos regionales en un nuevo mundo con bajas emisiones de carbono
The Climate Group. Discurso de Yvo de Boer, Secretario Ejecutivo Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Barcelona, 4 de noviembre de 2009.

El Cambio Climático en Argentina

Manual eladorado por la República Argentina en el marco del apoyo técnico de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) hacia la Dirección de Cambio Climático.
Un texto profundo y de fácil comprensión sobre la realidad del país entorno a la temática. Actualiza el informe "Para Entender el Cambio Climático", realizado en Diciembre de 2004, mediante la incorporación de nuevas secciones y opiniones de expertos.

 

Oportunidades y desafíos de comercio e inversión en el marco del mecanismo para un desarrollo limpio (MDL)
Reunión de expertos sobre comercio y cambio climático. Discurso de Richard Kinley, Secretario Ejecutivo Adjunto Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Ginebra, 27 de abril de 2009.

Objetivo

El objetivo último de la presente Convención y de todo instrumento jurídico conexo que adopte la Conferencia de las Partes, es lograr, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Convención, la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático.

Ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.


Principios


Las Partes, en las medidas que adopten para lograr el objetivo de la Convención y aplicar sus disposiciones, se guiarán, entre otras cosas, por lo siguiente:

  1. Las Partes deberían proteger el sistema climático en beneficio de las generaciones presentes y futuras, sobre la base de la equidad y de conformidad con sus responsabilidades comunes pero diferenciadas y sus respectivas capacidades. En consecuencia, las Partes que son países desarrollados deberían tomar la iniciativa en lo que respecta a combatir el cambio climático y sus efectos adversos.

  2. Deberían tenerse plenamente en cuenta las necesidades específicas y las circunstancias especiales de las Partes que son países en desarrollo, especialmente aquellas que son particularmente vulnerables a los efectos adversos del cambio climático, y las de aquellas Partes, especialmente las Partes que son países en desarrollo, que tendrían que soportar una carga anormal o desproporcionada en virtud de la Convención.

  3. Las Partes deberían tomar medidas de precaución para prever, prevenir o reducir al mínimo las causas del cambio climático y mitigar sus efectos adversos. Cuando haya amenaza de daño grave o irreversible, no debería utilizarse la falta de total certidumbre científica como razón para posponer tales medidas, tomando en cuenta que las políticas y medidas para hacer frente al cambio climático deberían ser eficaces en función de los costos a fin de asegurar beneficios mundiales al menor costo posible. A tal fin, esas políticas y medidas deberían tener en cuenta los distintos contextos socioeconómicos, ser integrales, incluir todas las fuentes, sumideros y depósitos pertinentes de gases de efecto invernadero y abarcar todos los sectores económicos. Los esfuerzos para hacer frente al cambio climático pueden llevarse a cabo en cooperación entre las Partes interesadas.

  4. Las Partes tienen derecho al desarrollo sostenible y deberían promoverlo. Las políticas y medidas para proteger el sistema climático contra el cambio inducido por el ser humano deberían ser apropiadas para las condiciones específicas de cada una de las Partes y estar integradas en los programas nacionales de desarrollo, tomando en cuenta que el crecimiento económico es esencial para la adopción de medidas encaminadas a hacer frente al cambio climático.

  5. Las Partes deberían cooperar en la promoción de un sistema económico internacional abierto y propicio que condujera al crecimiento económico y desarrollo sostenibles de todas las Partes, particularmente de las Partes que son países en desarrollo, permitiéndoles de ese modo hacer frente en mejor forma a los problemas del cambio climático. Las medidas adoptadas para combatir el cambio climático, incluidas las unilaterales, no deberían constituir un medio de discriminación arbitraria o injustificable ni una restricción encubierta al comercio internacional.

Fuente: Ecopuerto.com
Imágenes: http://es.cop15.dk/
Fecha: 7 de Diciembre de 2009