
COP XV sobre Cambio Climático
A partir del 7 de Diciembre, Copenhague
(Dinamarca) será sede
de la XV Conferencia de las Partes sobre Cambio
Climático.
Representantes
de Estado, organizaciones ambientales y destacados científicos
de todo el mundo debatirán sobre la aplicación de mecanismos
preventivos para hacer frente al Calentamiento Global.
El Grupo Intergubernamental para el Cambio
Climático de las Naciones Unidas (IPCC) solicitará el compromiso colectivo
por parte
de los
países desarrollados. Por un lado, sugiere la reducción de emisiones
de gases de efecto invernadero del 25 al 40%, por debajo de sus niveles
del año 90. Y en segunda instancia, no por eso menor, plantea el aporte
de fondos para países en desarrollo mediante la transferencia de tecnologías
que permitan su adaptación al cambio climático.
En esta nueva oportunidad, es preciso
resaltar los objetivos y principios propuestos por la Convención
Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (documento
completo en .pdf),
en 1992, donde se advierte que "los cambios
del clima de la Tierra y sus efectos adversos son una preocupación
común de toda la humanidad".
Informes
Implementación
de Copenhague: las empresas y los Gobiernos regionales en un nuevo
mundo con bajas emisiones de carbono
The Climate Group. Discurso de Yvo de Boer, Secretario Ejecutivo
Convención
Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Barcelona, 4 de
noviembre de 2009.
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El Cambio
Climático en Argentina
Manual eladorado por la República Argentina en el marco del apoyo técnico
de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) hacia
la Dirección de Cambio Climático.
Un texto profundo y de fácil comprensión sobre la realidad del
país entorno a la temática. Actualiza el informe "Para Entender
el Cambio Climático", realizado en Diciembre de 2004, mediante la
incorporación de nuevas secciones y opiniones de expertos. |
Oportunidades
y desafíos de comercio e inversión en el marco del
mecanismo para un desarrollo limpio (MDL)
Reunión de expertos sobre comercio y cambio climático. Discurso
de Richard Kinley, Secretario Ejecutivo Adjunto Convención Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Ginebra, 27 de abril de 2009.
Objetivo
El objetivo último de la presente Convención y
de todo instrumento jurídico conexo que adopte la Conferencia
de las Partes, es lograr, de conformidad con las disposiciones
pertinentes de la Convención, la estabilización de
las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera
a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas
en el sistema climático.
Ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir
que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático,
asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada
y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera
sostenible. |
Principios
Las Partes, en las medidas que adopten para lograr el objetivo
de la Convención y aplicar sus disposiciones, se guiarán,
entre otras cosas, por lo siguiente:
- Las Partes deberían proteger el sistema climático
en beneficio de las generaciones presentes y futuras, sobre la
base de la equidad y de conformidad con sus responsabilidades comunes
pero diferenciadas y sus respectivas capacidades. En consecuencia,
las Partes que son países desarrollados deberían
tomar la iniciativa en lo que respecta a combatir el cambio climático
y sus efectos adversos.
- Deberían tenerse plenamente en cuenta las necesidades
específicas y las circunstancias especiales de las Partes
que son países
en desarrollo, especialmente aquellas que son particularmente
vulnerables
a los efectos adversos del cambio climático, y las de
aquellas Partes, especialmente las Partes que son países
en desarrollo, que tendrían que soportar una carga anormal
o desproporcionada en virtud de la Convención.
- Las Partes deberían tomar medidas de precaución
para prever, prevenir o reducir al mínimo las causas
del cambio climático y mitigar sus efectos adversos.
Cuando haya amenaza de daño grave o irreversible, no
debería
utilizarse la falta de total certidumbre científica
como razón para posponer tales medidas, tomando en cuenta
que las políticas y medidas para hacer frente al cambio
climático deberían ser eficaces
en función de los costos a fin de asegurar beneficios
mundiales al menor costo posible. A tal fin, esas políticas
y medidas deberían tener en cuenta los distintos contextos
socioeconómicos,
ser integrales, incluir todas las fuentes, sumideros y depósitos
pertinentes de gases de efecto invernadero y abarcar todos
los sectores económicos. Los esfuerzos para hacer frente
al cambio climático pueden llevarse a cabo en cooperación
entre las Partes interesadas.
- Las Partes tienen derecho al desarrollo sostenible y deberían
promoverlo. Las políticas y medidas para proteger el
sistema climático contra el cambio inducido por el ser
humano deberían
ser apropiadas para las condiciones específicas de cada
una de las Partes y estar integradas en los programas nacionales
de desarrollo, tomando en cuenta que el crecimiento económico
es esencial para la adopción de medidas encaminadas
a hacer frente al cambio climático.
- Las Partes deberían cooperar en la promoción
de un sistema económico internacional abierto y propicio
que condujera al crecimiento económico y desarrollo
sostenibles de todas las Partes, particularmente de las Partes
que son países
en desarrollo, permitiéndoles de ese modo hacer frente
en mejor forma a los problemas del cambio climático.
Las medidas adoptadas para combatir el cambio climático,
incluidas las unilaterales, no deberían constituir un
medio de discriminación arbitraria o injustificable
ni una restricción
encubierta al comercio internacional.
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Fuente: Ecopuerto.com
Imágenes: http://es.cop15.dk/
Fecha: 7 de Diciembre de 2009
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